Informe de comisión investigadora de Ukamau sobre las acusaciones a Aland Castro en el medio electrónico “El Libero” – Enero 2022

El 2 de enero de 2022, el medio de comunicación electrónico de extrema derecha “El Libero”,
publicó un reportaje titulado “La condena por ‘apropiación indebida’ del líder de Ukamau”. A raíz
de ese reportaje, por solicitud de los miembros de Ukamau, presentamos este informe que contiene
el trabajo desarrollado por una comisión investigadora interna, en el cual se presentan los
antecedentes recolectados del caso.
Cabe señalar que el periódico se refirió al juicio abreviado y sentencia por el Tribunal de Garantía
de Los Andes por el delito de “apropiación indebida” en contra de Aland Castro Nuñez, un miembro
de nuestra organización. En particular, el reportaje destaca la sentencia dictada en agosto de 2017,
que responde a hechos supuestamente ocurridos entre el año 2006 y 2012, pero no desarrolla los
antecedentes ni los procedimientos del juicio
Con respecto a esto, durante los meses de noviembre y diciembre del año 2019, nuestra
organización creó una comisión que se encargó de investigar los antecedentes del caso y que
corroboró las irregularidades y errores que tuvo este procedimiento del Ministerio Publico, que
condujeron a una acusación infundada.
La comisión fue compuesta por Marcela Zúñiga, fundadora de Ukamau y actualmente habitante del
Barrio Maestranza Ukamau; Francisco Montoya, abogado y miembro de la dirección de Ukamau;
Boris Cofre, director de la Fundación Feman, y Victoria Herrera, actual vocera nacional del
movimiento.

  1. ERRORES EN LA INVESTIGACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO
    En primer lugar, presentamos un listado de antecedentes del caso que comprueba que este proceso
    de investigación del Ministerio Público mantiene una serie de errores que afectan al acusado y que
    no fueron tomados en cuenta con la rigurosidad que se debía.
    1.- La fecha de dicha investigación indica que el hecho que se le imputa ocurrió durante los
    “años 2006 al 2012”. No obstante, estas fechas no coinciden con los años en que Aland
    Castro trabajó en la empresa acusada, ni con el proyecto habitacional supuestamente
    cuestionado. Aland Castro comenzó a trabajar como administrador en dicha empresa en el
    año 2008 y el proyecto en cuestión se inició recién en junio del año 2009 y terminó en el
    año 2011, es decir, tuvo una duración aproximada de 3 años.
    2.- En la sentencia se identifica un número de cuenta bancaria donde se habrían consignado
    los recursos de los socios del comité, esa cuenta no corresponde a Aland Castro. En la cuenta
    bancaria de Aland nunca se ingresó, por parte de los socios del comité, la cantidad de 14
    millones de pesos que indica la sentencia. Los socios pagaban directamente a la empresa,
    el comité firmo un contrato de prestación de servicios que comprometía a todos los socios
    con la EGIS.
    3.-Llama la atención que en la investigación del Ministerio Público sólo se citó a Aland Castro,
    jamás se llamó a declarar al dueño de la empresa, para tener mayores antecedentes del
    caso. Los miembros del comité firmaron un contrato con la EGIS para la cual trabajaba
    Aland, por lo que el conflicto es exclusivamente con la empresa. Esta información es
    ratificada por las presidentas de los comités de vivienda afectados y la secretaria de la
    empresa en sus respectivas declaraciones.
    4.- Adicionalmente, en este caso no existen denunciantes conocidos, es decir, no existe
    ninguna persona que pudiera decir que fue defraudada por Aland Castro. Las únicas
    declaraciones que existen en el proceso se refieren claramente a la empresa como la
    responsable.
    5.- La investigación se origina a partir de una denuncia que toma fiscalía y que lleva adelante a
    partir del año 2012. El año 2017 se presenta la fiscalía al domicilio de Aland para notificarlo
    y trasladarlo al juzgado de Los Andes. Aquí llama profundamente la atención que la fecha
    elegida para esta gestión fuera el mismo día que se inscribía la única candidatura a diputada
    del Movimiento Ukamau.
    6.- En el juzgado Aland fue presionado para aceptar los términos del juicio abreviado, se le
    comunicó que había pasado mucho tiempo, por lo que no existía posibilidad de una medida
    cautelar mientras se defendía. Debía optar entre dos opciones: quedar encarcelado en la V
    Región o aceptar los términos del juicio abreviado que lo señalaba como responsable.
    Los puntos anteriormente señalados, muestran que (1) el procedimiento judicial presenta severos
    errores; (2) no se desarrolló una investigación acabada que permitiera establecer las
    responsabilidades de la empresa y de sus dueños (3) no se respetó los plenos derechos del
    imputado, Aland Castro.
    Desconocemos las razones para que el Ministerio Público actuara de esta forma. No obstante, es
    claro que este caso ha sido y sigue siendo utilizado políticamente por sectores de derecha, y
    lamentablemente, también por sectores progresista, con la intención de bloquear e invisibilizar los
    aportes que ha realizado el movimiento social a la política pública y la democratización de la ciudad.

    LOS HECHOS
    1.- Durante los casi 3 años que duró el proyecto, los recursos recaudados (casi 14 millones de
    pesos en total), se destinaron al pago de arriendo de la oficina en la plaza de armas de Los
    Andes, los servicios para funcionamiento, que incluía servicios básicos (electricidad, agua,
    teléfono e internet) y los salarios de los trabajadores, tales como secretaria, arquitectos,
    psicóloga y administración, este último era el cargo que tenía Aland en la empresa. Esto es
    ratificado por la declaración de la secretaria de la empresa.
    2.-El conflicto se suscitó cuando el proyecto en cuestión fracasa, pues la empresa no logró
    gestionar la compra del terreno que albergaría el proyecto habitacional (los dueños del
    terreno obtuvieron una mejor oferta por éste). Frente a las diferencias que tuvo Aland en
    la forma irregular en que la empresa estaba llevando a cabo el proceso de devolución de las
    cuotas a los socios, él decidió renunciar a su cargo, luego de haber conseguido que se
    devolviera el dinero a más de la mitad de las personas involucradas y afectadas por quedar
    sin proyecto. Esto último también es ratificado por la secretaria de la empresa y las
    presidentas de los 2 comités involucrados.

    3.- NO EXISTE RELACIÓN DE UKAMAU CON ESTE CASO JUDICIAL
    El Movimiento Ukamau y Aland Castro, uno de sus fundadores, tienen una vasta trayectoria en la
    lucha por ampliar derechos de las mayorías populares en nuestro país. Una de nuestras principales
    victorias se ve reflejada en el Barrio Maestranza, que alberga a 424 familias en el centro de la ciudad
    de Santiago. Más, la lucha del Ukamau no es sólo por el derecho a la vivienda digna y la ciudad; las
    mujeres de nuestra organización están en cada marcha, protesta o concentración defendiendo el
    agua, los derechos de las mujeres, un nuevo sistema de pensión para Chile, y en general se levantan
    en contra de este sistema que solo favorece a una minoría de ricos y poderosos de este país.
    Por esta razón, sabemos que los grupos que concentran el poder económico y político en Chile
    tienen motivos suficientes para perseguir a Ukamau y a sus líderes, en la medida en que se ven
    afectados por la idea del protagonismo popular y la democratización del poder.
    Ante esto, nos parece injusto y arbitrario el aprovechamiento político y mediático que han realizado
    del ya mencionado irregular procedimiento del Ministerio Público, en contra de Ukamau y sus
    lideresas. El Ukamau, que nace en el año 2011, y que se ha posicionado con fuerza como movimiento
    social y político en la esfera pública, no tiene relación alguna con el caso judicial.
    En la misma línea, denunciamos el uso político de este caso judicial para dañar la imagen de nuestra
    lideresa histórica. La trayectoria como lideresa social y política de los sectores populares debe ser
    evaluada por sus propios méritos, y el intento fallido de los medios por enlodar su imagen a partir
    de la denuncia a Aland Castro es una estrategia ilegítima, basada en un “lugar común” en nuestra
    cultura machista y patriarcal, que atribuye responsabilidad a las mujeres por las acciones de los
    hombres.
    CONCLUSIÓN
    1.-A partir de los antecedentes expuestos, consideramos que Aland Castro Núñez es inocente
    en los hechos de los cuales se le acusa, y víctima de un procedimiento del Ministerio Público
    que fue irregular, en el cual la empresa responsable no fue investigada ni formalizada, ni
    fue respetado su legítimo derecho a defensa. No existió debido proceso o al menos estuvo
    afectado por graves errores. Además, entendemos que no sólo Aland fue afectado en este
    proceso, sino que lamentablemente también otras familias de trabajadores fueron víctimas
    de este hecho, por lo que empatizamos con lo que pasaron.
    2.- Nos parece importante señalar que, los medios de comunicación que quieren anteponer
    estos antecedentes deben ser más rigurosos en la recolección y exposición de la
    información que divulgan, y por lo que pedimos considerar los antecedentes planteados en
    este documento para una mejor entrega de información a la población. La libertad de
    expresión, que defendemos como movimiento, debe armonizarse con la protección de la
    honra de las personas.
    3.-El hecho particular que le ocurrió a un miembro de nuestra organización al cumplir sus
    funciones laborales como cualquier trabajador, por ningún motivo está ni puede ser
    relacionado con el trabajo que ha desarrollado el Ukamau ni tampoco con ninguno de sus
    miembros. El trabajo de desprestigio sistemático hacia el Movimiento Ukamau por parte de
    diversos sectores políticos de nuestro país muestra la resistencia y temor de dichos sectores
    ante la emergencia, posicionamiento y poder del movimiento social Ukamau en la esfera
    política y en la promoción de la vivienda digna y la democratización del país.

    Comisión Investigadora UKAMAU

Documentos anexos

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